Decreto de 3 de junio de 1931

GACETA DE MADRID NUM. 155, 4 DE JUNIO DE 1931

MINISTERIO DE INSTRUCCIÓN PÚBLICA y BELLAS ARTES DECRETOS

De conformidad con los informes emitidos por la Junta Superior de Excavaciones y el Comité ejecutivo de la Junta de Patronato para protección, conservación y acrecentamiento del Tesoro Artístico Nacional, y en virtud de lo dispuesto en el Decreto ley de 9 de Agosto de 1926, el Gobierno provisional de la República, a propuesta del Ministro de Instrucción pública y Bellas Artes, decreta lo siguiente:

 

Articulo 1º. Se declaran Monumentos histórico-artísticos pertenecientes al Tesoro artístico Nacional los siguientes:...

GUADALAJARA: Catedral de Sigüenza  - Palacio de Cogolludo – Monasterio de Lupiana – Monasterio de Córcoles - Puente sobre el Henares en Guadalajara - Iglesia de San Ginés, en Guadalajara - Convento de San Francisco en Guadalajara – Iglesia de la Piedad en Guadalajara – Instituto de Guadalajara – iglesia parroquial de Mondéjar – Castillos de Atienza, Torija y Zorita de los Canes – Monasterio de Oliva - Monasterio de Buenafuente …..

 

Artículo 2º. Se declaran igualmente como comprendidos en esta relación los Palacios y Jardines que pertenecieron al Patrimonio de la Corona, hayan sido o no entregados a los Ayuntamientos respectivos.

 

Dado en Madrid a tres de Junio de mil novecientos treinta y uno  

 

El Presidente del Gobierno provisional de la República.

NICETO ALCALA-ZAMORA Y TORRES

 

El Ministro de Instrucción pública y Bellas Artes.

MARCELINO DOMINGO Y SANJUAN